Blog

Alcalde de Guanipa mediante decreto municipal exigió respetar los precios acordados

Redacción Virginia Serrano

Guanipa.- El alcalde del municipio Guanipa Francisco Belisario Landis, este miércoles 29 de abril, informó sobre un nuevo decreto, numero 2704 2020-05, donde se exige el fiel cumplimiento y respeto de los comerciantes a la lista de precios acordados por parte del gobierno nacional.

Entre las disposiciones están que el listado debe ser colocado en sitios visibles en los establecimientos comerciales, asimismo que los artículos que no estén incluidos en la lista, el margen de ganancias es de un máximo 20 %.

Destacó que los que incumplan con el decreto municipal, se le aplicarán sanciones, de acuerdo a la gravedad, que van desde cierre temporal del comercio hasta apertura de averiguaciones civiles, administrativas y penales por los delitos de estafa, usura o especulación.

Después de los 13 considerandos, el alcalde Belisario Landis decretó lo siguiente:

– Artículo Primero:

En el caso que el gobierno nacional establezca un listado con precios acordados, productos de acuerdos socioeconómicos con las principales fuerzas productivas del país los precios de dicho listado deben ser debidamente respetados por los comerciantes del municipio. Ese listado debe estar visible en el establecimiento comercial.

Queda establecido que los productos alimenticios que no fueron incluidos pueden tener un margen de ganancias máxima del 20 % en el proceso de comercialización.

– Artículo Segundo:

En el caso de no existir el listado de precios acordados, o que el listado existente pierda vigencia por cualquier motivo se establece que el máximo margen de ganancias en el municipio es de un 20%, considerando los efectos negativos que le está causando la guerra económica a los guanipenses.

Ese margen de ganancias se calculará en base a las facturaciones de adquisición. Si se tuviese que hacer el cálculo basándose en el valor del dólar, se establece como única y absoluta referencia el valor del Banco Central de Venezuela (BCV), y el margen de ganancias se establece en bolívares.

 

– Artículo Tercero:

Se establece un margen máximo de ganancias de un 20 % sobre la facturación de adquisición para la comercialización al público sobre los productos no alimentarios, pero de uso cotidiano como los de higiene personal, vestido y calzados.

– Artículo Cuarto:

Se exhorta a los comerciantes a no desmontar de los anaqueles los productos, con la intención de esconderlos. En caso que se detecte esa conducta de algún comerciante, se le aplicarán sanciones.

– Artículo Quinto:

El que incumpla con lo establecido en el presente decreto se le aplicarán, según la gravedad, las siguientes sanciones:

✔ Cierre temporal del establecimiento.

✔ Suspensión de la licencia sobre actividades económicas.

✔ Incautación, comiso y decomiso de los bienes objetos activos y pasivos.

✔ Aperturas de las averiguaciones civiles, administrativas o penales de la presunta comisión de los siguientes delitos: estafa, usura, especulación o cualquier otro delito.

– Artículo Sexto:

Queda facultada para aplicación y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto, la Dirección General de la Alcaldía del Municipio Guanipa, ente que direccionará la debida fiscalización, supervisión y control en estrecha coordinación con Omarco y con las demás autoridades civiles, policiales y militares, para así asegurar el esfuerzo conjunto y necesario para el cabal e idóneo cumplimiento del presente decreto.

Los jefes de los cuadrantes operacionales conjuntamente con el director general y el director de Omarco deben planificar, coordinar y ejecutar todo lo concerniente a la operatividad de fiscalización en toda la jurisdicción.

– Artículo Séptimo:

El presente decreto entró en vigencia a partir del pasado lunes 27 de abril y estará hasta una nueva disposición general.

– Artículo Octavo:

Publíquese el presente decreto en la gaceta Municipal del municipio Guanipa.

Escribe para empezar tu búsqueda...