Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de nuevos impuestos municipales o estatales por un lapso de 90 días. La sentencia número 078-2020, deja sin efecto cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad, por los alcaldes o gobernadores.
Durante ese lapso, las Alcaldías y Gobernaciones no podrán crear nuevas formas de contribución tributaria ni promulgar cambios en las ya existentes que supongan nuevas tasas impositivas por concepto de actividad económica
La aplicación de esta sentencia, según el TSJ, permitirá armonizar el ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios, así como homogeneizar los tipos impositivos y los procedimientos tributarios.
La medida establece que el vicepresidente Sectorial del Área Económica y ministro de Industrias y Producción, Tareck El Aissami, junto con gobernadores, alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, deberán conformar una mesa técnica para coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria.
El Aissami tendrá además que presentar un informe donde detallen las acciones a tomar para dar cumplimiento a la sentencia.
“Los contribuyentes que realizan su actividad económica en diferentes entidades político-territoriales, tendrán un mínimo de certeza sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales que genera su actividad productiva, con lo cual se estarían creando condiciones que tiendan a promover y mantener el desarrollo económico y social del país”, señaló la sentencia.

